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La mañana de este lunes 28 de enero, la Asamblea Nacional recibió una propuesta de Ley de reforma a la Ley de concertación tributaria, la cual proyecta un incremento a los impuestos de las grandes y medianas empresas. Además, de un aumento tributario a las bebidas alcohólicas, azucaradas y cigarrillos.

De acuerdo con el documento presentado por el ministro de Hacienda, Iván Acosta, esta propuesta se hace necesaria ante «la necesidad de proteger los derechos alcanzados por centenares de miles de familias a través de la Seguridad Social y hacer más efectivas y eficientes las recaudaciones para proteger el empleo, el trabajo y el bienestar social de los nicaragüenses».

«Esta protección social la lograremos ahorrando e impulsando una justa reforma tributaria que tiene como finalidad la captación de recursos que permitan garantizar la adquisición de bienes y prestación de servicios básicos para nuestro pueblo», señala la propuesta que presenta el ministro Acosta esta mañana ante el Parlamento.

Al respecto, a partir de la reforma, las empresas medianas y grandes deberán ahora pagar por adelantado en concepto de pago mínimo definitivo del Impuesto sobre la Renta (IR) entre 2 y 3 por ciento,en lugar del 1 por ciento que venían reportando hasta ahora Solo las pequeñas empresas continuarán enterando a la Dirección General de Ingresos (DGI) el 1 por ciento mensual, de acuerdo con lo publicado en el Diario La Prensa.

«En otras palabras, cada año las empresas deben pagar en concepto de Impuesto sobre la Renta el 30 por ciento sobre sus ganancias. Hasta ahora cada mes todas estas iban pagando por adelantado un 1 por ciento  mensual durante todo el año y cuando se realiza el cierre fiscal se deducen lo que ya habían adelantado al fisco. Ahora las grandes y medianas en lugar de pagar por adelantando 1 por ciento deberán entregar el 2 y 3 por ciento, respectivamente» señala el medio de comunicación.

Gravar con IVA algunos productos industrializados.

«Se determinó la necesidad de gravar con el IVA a algunos productos de consumo que pasan por proceso industrial. Sin embargo es importante destacar que la gran mayoría de productos esenciales contenidos en la canasta básica se mantienen exentos de todo tributo con el fin de garantizar que nuestra población los continúe adquiriendo a precio accesible», argumenta el Ministerio de Hacienda.

Los productos que se mantienen exentos y no pagan Impuesto al Valor Agregado (IVA) son: Arroz, frijoles, azúcar, aceite, sal, posta de res y vísceras, caracú, carne con hueso, carne molida corriente, carne molida especial, cecina, costilla alta y costilla de orilla, mano de piedra y otros cortes de carne de res, pecho, punta de cacho, punta salón, salón blanco, trasera de cecina, carne de pollo, alas de pollo, carne molida de pollo, muslos de pollo, piernas de pollo, chincaca y vísceras de pollo, pollo en piezas, pollo entero, posta de cerdo, costilla de cerdo, otros cortes de carne de cerdo, paleta, pierna entera y tocino, leche íntegra, leche líquida, huevos, queso seco, tomate, cebolla, chiltoma, papas, banano maduro, plátano verde, tortilla, pan, pinolillo, gas butano en envase de hasta 25 libras, luz eléctrica de consumo del hogar hasta 300 kw/h, agua y transporte.

El documento agrega que «es importante destacar que a todos los compradores de los bienes de consumo en los mercados populares del país no se les cobra IVA ni ningún otro tipo de impuesto.

Se incrementa el Impuesto a los Casinos y Salas de Juego.

«Es de todos conocido que este tipo de industria es legal y tolerada, mas no promovida por el Estado nicaragüense. Asimismo se ha observado un comportamiento positivo en cuanto a su desarrollo en nuestro País, por lo que se determina que tal actividad es susceptible de aportar más a la recaudación, máxime en momentos como los actuales», justifica el documento del Ministerio de Hacienda.

LEY 

Fuente: END y La Prensa