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¿Cómo Registrar tu marca en Nicaragua?

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Si has decidido empezar tu propio negocio, pero deseas que sea reconocido como tal, debes registrar tu marca, en este artículo te mencionaremos cómo hacerlo en Nicaragua.

Registrar la marca de tu empresa requiere de ciertos procedimientos que deben ser aprobados por diferentes instituciones, todo esto traerá consigo beneficios que a corto o largo plazo serán de utilidad.

Pasos para registrar tu marca en Nicaragua

Primeramente, debes realizar una solicitud de registro, esto se hace en las oficinas de la Secretaría del Registro de la Propiedad Intelectual, según el tipo de marca que vayas a registrar se realiza un llenado de formulario, siempre regido bajo el artículo 9 de la Ley 380 Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.

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¿Qué se necesita para registrar tu marca en Nicaragua?

  • Nombre y dirección de quien solicita el registro de la marca
  • Si es una persona jurídica, se solicita el lugar de Constitución de domicilio
  • Nombre de representante legal (si se cuenta con uno)
  • Datos de la persona apoderada de la marca en el país (si existe)
  • Nombre comercial de la marca
  • Etiquetas, logos, medios publicitarios que representen la marca, colores y grafía.
  • Indicar si la persona interesada pide el derecho de prioridad
  • Anexar listado de servicios o productos por los que se desea registrar la marca (divididos por clase)
  • Firma de quien solicita el registro de marca (o bien puede ser el apoderado)

Hay otros documentos que deben anexarse a la solicitud en cuestión, entre ellos:

  • Poder para registrar a modo de propiedad intelectual, que valide la representación (en el caso de ser por medio de un apoderado).
  • Si la marca es sonora, se deben anexar soportes de audios por medio de discos (CD/DVD), formato WAV.
  • Comprobante de pago.

Además de esa documentación se deben realizar ciertos exámenes para evaluar si de verdad la marca que se pretende registrar es necesario que sea reconocida como tal.

Primero se realiza el examen de forma, que es donde se revisa la documentación de la solicitud de la marca, se analiza que cumplan los Artículos 10 y 11 de la Ley 380. Si hubiese alguna omisión se indica al solicitante y se le brinda un tiempo para que rectifiquen los documentos.

Si los resultados de este examen son positivos el Registro de la Propiedad indica a la Gaceta Diario Oficial que se realice la publicación de la marca.

Al ser un trámite legal también se estima un lapso para que cualquier persona pueda oponerse ante el reconocimiento de la marca, este periodo opositorio es de dos meses, a partir de la publicación de solicitud y debe ser sustentado con documentos probatorios. Si no existe alguna oposición se procede a realizar el examen de fondo.

El examen de fondo es aquel donde se revisa que la marca no incumpla ninguna de las prohibiciones del artículo 7 y 8. Este proceso de revisión se realiza con la ayuda del Sistema Informático y Base de Datos de Marcas concedidas o en trámite de concesión con que cuenta el Registro de la Propiedad Intelectual.

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Certificado de marca establecida en Nicaragua

Es un título que indica que la marca ya está registrada, quien es el tutor y el tiempo de duración del registro de la marca, todo eso a la vez queda plasmado en la Gaceta Diario Oficial.

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